La naturaleza colonial del Estado Libre Asociado - un análisis demoledor de Vicente Géigel Polanco

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“La soberanía y la libertad son los princi­pios de que emana toda Constitu­ción”. —Félix Varela.[3]

“Puerto Rico es todavía un territorio, pose­sión o cosa de Estados Unidos” José Trías Monge, 1999.[4]

“The basis of imperial authority was the mental attitude of the colonist. His acceptance of subordination –whether through a positive sense of common interest with the parent state, or through inability to conceive of any alternative—made empire durable"D.K. Fieldhouse.[5]

 

I. Don Vicente Géigel Polanco: “El cerebro mágico de Puerto Rico”

El licenciado Vicente Géigel Polanco, además de practicar la abogacía y la política fue Conferenciante de Sociología en la Facultad de Ciencias Sociales desde 1940 hasta 1949, véase carta del Procurador General Vicente Géigel-Polanco de 10 de enero de 1949 al Rector Jaime Benítez donde plantea que: «Habiendo sido nombrado Procurador General de Puerto Rico con fecha de 2 de enero en curso, no podré continuar dictando las clases que he tenido a mi cargo en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad.» La renuncia fue aceptada por Certificación Núm. 516 de 29 de enero de 1949; Es Catedrático Auxiliar desde 1941 en el Colegio de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, donde enseñó Derecho del Trabajo y Legislación Social. Véase Expediente de Vicente Géigel Polanco, Archivo Central del Recinto de Río Piedras. Trabajó en el Departamento de Agricultura, como Asesor jurídico, en legislación; en el Departamento del Trabajo fue Director de la División de Investigaciones Sociales y Económicas; Editorialista del diario El Mundo; Presidente de la Sección de Historia del Ateneo; Presidente del Ateneo Puertorriqueño, Secretario Perpetuo de la Academia Puertorriqueña de la Historia; Vice-Presidente de la Sociedad de Periodistas, Secretario del Instituto de Literatura Puertorriqueña, Director de la Revista del Colegio de Abogados; Senador y portavoz y líder de la mayoría, Presidente de la Comisión de Instrucción del Senado, 1940-1948. Es Procurador General de Puerto Rico, desde 2 de enero de 1949 hasta 1 de febrero de 1951. Géigel Polanco fue destituido del cargo de Procurador General (Secretario de Justicia) por el Gobernador Luis Muñoz Marín, a principios de febrero de 1951 le despide injustamente de su cargo por razones políticas. Véase, EL Mundo, 2 de febrero de 1951, p. 1. La cronología y los hechos nos hacen deducir que las reformas constitucionales que realizará el Gobernador Luis Muñoz Marín se inician después de las elecciones de 1948. En su discurso inaugural de 2 de enero de 1949 ya expresaba tales intenciones. Véase el folleto Discurso Inaugural del Primer Gobernador de Puerto Rico, elegido por el Pueblo, Luis Muñoz Marín, San Juan, 1949, pp. 7 y 8. El Procurador General Géigel Polanco no participa en esas reuniones iniciales para crear el Estado Libre Asociado.

I. El Res Gestae: las razones de la publicación de esta obra.

Un abogado del siglo pasado, con un agudo sentido de lo histórico, don Vicente Géigel Polanco[6] publica un importante, revelador y controversial libro, cuya importancia perdura y cuya actualidad es total, me refiero, por supuesto a La Farsa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico[7] (1972). Esta obra recopila sus escritos, los análisis y comentarios críticos, publicados regularmente, como artículos periodísticos y notas, preparados y dados a la prensa, según se van desarrollando los acontecimientos políticos sobre la reforma del status desde 1951. El avezado constitucionalista don Vicente Géigel Polanco desmenuza, critica y analiza jurídica, histórica y sociológicamente las diversas propuestas de contenidos constitucionales que el Gobierno de don Luis Muñoz Marín presenta para intentar encausar el amplio y anhelante deseo de la mayoría del Pueblo de Puerto Rico de resolver la condición colonial de la Isla. A finales de la década de los cuarenta e inicios de los cincuenta las condiciones históricas, generacionales y políticas estaban dadas para lograr esa solución que se exigía fuera anticolonial y soberana. Internacionalmente se ha terminado la II Guerra Mundial, se ha fundado la Organización de las Naciones Unidas y se inicia la supresión mundial del colonialismo y la dependencia entre naciones y países. Ya han ocurrido los Congresos Pro-Independencia, las expulsiones de los independentistas populares,[8] la fundación del Partido Independentista Puertorriqueño, la insurrección nacionalista, la aplicación de la «Ley de la Mordaza»,[9] y don Pedro Albizu Campos es encarcelado otra vez, ahora por las autoridades puertorriqueñas. El liderato del partido de gobierno—el Popular Democrático–a pesar de sus orígenes y numerosos dirigentes afines a fórmulas constitucionales soberanas, descarta las dos opciones tradicionales de la «Independencia y la soberanía» y la «anexión como estado federal» y se decide por una tercera vía. A la tercera fórmula de status se le designará de varias maneras, entre ellas, Dominio, recalando finalmente en «Estado Libre Asociado.»[10] El líder puertorriqueño responsable y determinante en la toma de las decisiones que se aprobarán por los organismos legislativos del país y convertidas en proposiciones oficiales gubernamentales serán sometidas a la consideración y aprobación de los Estados Unidos es el Gobernador don Luis Muñoz Marín,[11] otro participante principal es el Comisionado Residente doctor Antonio Fernós Isern y sus asesores.[12] Expresado simplemente, lo que propondrá el Gobierno de Puerto Rico es citar una Convención Constituyente y aprobar una Constitución, es decir tomar la vía de operar dentro del régimen imperante en las relaciones entre Puerto Rico y Estados Unidos.[13] En realidad, por los imperativos de la sujeción de la Constitución de Estados Unidos y su «Cláusula Territorial» así como las decisiones del Tribunal Supremo de Estados Unidos sobre los territorios llamados los «Casos Insulares» que han determinado que: «Puerto Rico pertenece a los Estados Unidos, pero no forma parte de los Estados Unidos,» dichas propuestas constitucionales están sujetas a los poderes plenarios del Congreso.[14] De todo ello resultará eventualmente que las propuestas hechas por el Gobierno de Puerto Rico, según aprobadas por las autoridades de Washington, tendrán el efecto neto de «reformar» o «sustituir» parcialmente las vigentes leyes territoriales, Foraker (1900) y Jones (1917). Esa legislación federal orgánica, a la que me refiero es la Constitución, que aunque legislada en Puerto Rico, es autorizada y aprobada por el Congreso de Estados Unidos (1952).[15] A pesar de esa Constitución, Puerto Rico continuará jurídicamente siendo un Territorio, que administra algunas funciones de carácter local y central, porque así lo autorizó el Congreso de Estados Unidos. El Gobernador Muñoz Marín y su Gobierno plantean, que no es una medida que lleve al país a constituirse en una «República de Puerto Rico», o en un «State of Puerto Rico», soluciones definitivas. En vez de estas fórmulas al final resultó en la aprobación de otra ley orgánica federal, que rige y pauta esa relación de dependencia, pero preparada en Puerto Rico por una Convención Constituyente. De hecho, al final de cuentas, el Congreso y el Ejecutivo federal determinaron dejar vigentes las disposiciones y facultades no trasladas a la Constitución desde aquellas dos leyes orgánicas antes citadas, ahora congregadas en una disposición llamada rimbombantemente: «Ley de Relaciones Federales,» pudiendo argumentarse que se está tratando sutilmente de implicar que hay una relación federal pactada entre entes iguales. Sin embargo, ¿No resultó al final de la aprobación del Commonwealth of Puerto Rico de 1952 en la federalización de lo aprobando por dicha convención constituyente?[16] La «Constitución de Puerto Rico» es legislada por la referida Convención Constituyente puertorriqueña en San Juan por autorización del Congreso federal y para que tenga vigencia jurídica tiene que ser sometida y aprobada finalmente por dicho Congreso de Estados Unidos. Después de su escrutinio por el Congreso, este la devolverá al Gobernador de Puerto Rico, porque se exige la eliminación de la Sección 20, disposiciones no deseadas por este cuerpo legislativo federal. Entonces, se tiene que reunir otra vez en San Juan, la referida Convención Constituyente, y se vuelve a someter el texto constitucional para que se lleven a cabo los cambios exigidos, es decir, truncarla, suprimiendo dicha Sección 20. Así enmendada, se procede entonces a volver a someterla por segunda vez al Congreso de Estados Unidos (1952). Ahora, verificada la supresión el Congreso la aprobará y autorizará. Es el Congreso de Estados Unidos quien tiene la última palabra para que tenga vigencia jurídica.[17] Por cierto, no se sometió a la aprobación plebiscitaria del Pueblo de Puerto Rico la versión que eliminó las partes que el Congreso ordenó descartar.

A pesar de la Constitución, quedaron vigentes e intactos todos los poderes fundamentales que ejerce el Gobierno federal desde el 25 de julio de 1898. Hay juristas que han opinado sobre el resultado constitucional obtenido, por razón de los plebiscitos celebrados entre 1951-1952: que Puerto Rico desde ese momento es una «colonia por consentimiento,» pues se votó a favor de continuar, ahora validado por los sufragios, con la dominación norteamericana en la Isla.[18] La dependencia continúa y el régimen del Estado Libre Asociado es tan enteco y carente de poderes que el mismo Gobierno de don Luis Muñoz Marín y todos los demás Gobernadores que se sucedieron hasta nuestros tiempos continuaron sometiendo peticiones y solicitudes al Congreso para que resolviese el problema del status colonial, que está vigente. En estos momentos, como en tantas veces y ocasiones, continuamos buscando una solución al problema de la sujeción colonial puertorriqueña a los Estados Unidos. Estas propuestas y esos procesos—que examina y escruta cuidadosamente don Vicente Géigel Polanco en su libro «La Farsa del Estado Libre Asociado»– son clara y evidentemente coloniales, pues el protagonista es el Congreso de Estados Unidos, quien tiene la última palabra, los documentos, los análisis, los expedientes, los diarios de sesiones de la convención y del congreso y el record congrecional así lo demuestran. En distintas partes de esta monografía hemos citado las palabras de algunos senadores y representantes federales sobre los poderes plenos del Congreso sobre nuestra patria. Ello según la teoría constitucional norteamericana,—que permite la dependencia colonial de otros países— que por supuesto, no es la única teoría constitucional que pauta estas cuestiones. La doctrina y las teorías europeas también se tienen que tener en cuenta, pues son el marco amplió y antiguo del Derecho de Gentes que promueve una relación de libertad, respeto e interdependencia entre las naciones y los países. Las experiencias de la humanidad van dirigidas a suprimir y eliminar las colonias y pueblos dependientes de cualquier clase.

Se ha argumentado que los plebiscitos[19] celebrados entre 1951 hasta 1952 han dado juridicidad a la presencia colonial estadounidense. El asentimiento plebiscitario de los sujetos a la dominación y dependencia carece de validez moral y jurídica, no puede haber plebiscito con valor jurídico, ni el consentimiento tiene valor jurídico alguno, si se celebra la consulta con la presencia y permanencia de las instituciones y de los agentes de los dominadores, en el caso de Puerto Rico de los estadounidenses, estos no pueden estar en el lugar, en Puerto Rico, pues coaccionan la votación. Es principio antiguo, expresado públicamente en 1539, en el aula magna de la Universidad de Salamanca por el padre Francisco de Vitoria, O.P., catedrático de prima de teología, en la Reelección de los Indios.[20] La presencia del poder interventor colonial enerva y conculca la libre voluntad de los sometidos al poder imperial. Toda votación o plebiscito carece de vigencia, es inválido, si los que dominan están presentes en todos los actos de la vida social, pues los dominados no tienen libertad para expresar su voluntad, no son libérrimos, están coaccionados. Manifestó el tratadista Vitoria que:

“Todo pueblo, por Derecho natural, está llamado a constituirse en Estado y configurar libremente su destino histórico”.[21] Puerto Rico, nunca ha tenido esa oportunidad. El catedrático de Instituta de la Universidad de Salamanca, el eminente doctor Fernando Vázquez de Menchaca[22] reafirma que: “Atendido el Derecho Natural, todos los hombres nacen libres y no están sometidos a la jurisdicción o dominio de otro”.[23]

Y no se me diga que estas teorías están desechadas y son inoperantes por que los tiempos modernos las han cambiado. Muy por el contrario, se han afirmado y estudiado y forman el basamento del moderno derecho de gentes. La catedrática de historia de las doctrinas y el pensamiento político medieval de la prestigiosa y antigua universidad inglesa, Cambridge University, la doctora Annabel Brett, ha publicado en 1997, y reimpreso puesto al día en 2008, un interesante y actual libro sobre estos temas: Liberty, right and nature: Individual rights in later scholastic thought,, donde dedica un capítulo al jurista español doctor Fernando Vázquez de Menchaca, demostrativo de la vigencia y la vitalidad de estos pensamientos. Ya el culto y estudioso jurista y profesor de Derecho Internacional, don Eugenio María de Hostos, ante la invasión militar de 1898, manifestó que:

“Puerto Rico es una persona de Derecho que no ha podido perder ninguna de sus prerrogativas nacionales por una guerra que no ha hecho; que quiere, puede y debe ejercer su derecho a expresar su voluntad”.[24]

Como vemos, no son las concepciones del Derecho Constitucional norteamericano, montadas en sus intereses expansionistas, las únicas vigentes y válidas a las que hay que recurrir.[25] Sin embargo, hay que tener en cuenta que para aquellos años de principios de la década de los cincuenta, se entendía por aquel liderato político del Partido Popular Democrático, por el Gobernador Luis Muñoz Marín y sus asesores, entre ellos, el doctor José Trías Monge[26] que se estaba realizando un verdadero cambio en la condición política de Puerto Rico y hasta se habló de una contribución confederal.[27] Así lo expresaron verbalmente y por declaraciones escritas y artículos de prensa en el ámbito insular. Ciertamente juristas, legistas, constitucionalistas, abogados y asesores interesados, esgrimieron cuantas formulaciones, entelequias, invenciones, ficciones y construcciones jurídicas podían citar para tratar de probar que esas propuestas gubernamentales eran constitucionales y se cambiaba la dependencia colonial. Ha escrito el doctor José Trías Monge que: «Llegamos hasta reclamar que Puerto Rico había cesado de ser colonia de Estados Unidos.»[28] Se teorizó sobre el pacto, ¡que mucha tinta ha corrido sobre esta entelequia, y sobre otras cuestiones!, de la supuesta bilateralidad pactista del Estado Libre Asociado. Cuanta jurisprudencia, legislación y tratadistas citaron para probarlo, pero en el Congreso—aquellos modernos procónsules—hicieron añicos tales entendimientos, les hablaron claro y contundente: la soberanía reside en Estados Unidos. Es necesario señalar que la legislación que no es ni siquiera una «Ley Paccionada». Una opinión interesante y atinada, de los motivos del lobo, es ofrecida por Surendra Bhana.[29] Cuando se presentaron aquellos puertorriqueños gubernamentales y sus acólitos ante los comités congreciónales del Senado y la Cámara de Representantes de Estados Unidos en el Capitolio federal se les contestó manifiestamente que Puerto Rico, según el Estado de Derecho norteamericano no puede cambiar la condición territorial y que dicho Congreso retenía sus poderes basados en la cláusula territorial de la Constitución federal y otros extremos.[30] Ha expresado públicamente, décadas después, el licenciado José Trías Monge, testigo y participante de aquellos hechos, en 1984, en su Historia Constitucional de Puerto Rico, que:

“El proceso ha sido degradante, tanto para Puerto Rico como para Estados Unidos. En un mundo en que el colonialismo, al menos en su versión del siglo diecinueve, es fuerza ya acabada, se mantiene a Puerto Rico en situación indigna, ni dentro ni fuera, gobernándose en parte y gobernado en otras, al margen del respeto internacional, con supuesto derecho a ser lo que quiera, pero lanzado al muro de las lamentaciones cada vez que expresa su deseo”.[31] [Énfasis suplido].

El Gobierno de Puerto Rico propondrá al Gobierno federal y al Congreso de Estados Unidos la convocatoria de una «Convención Constituyente» en San Juan que apruebe una Constitución, siguiendo una serie de pasos, votaciones, referéndum y plebiscitos llevados a cabo en Puerto Rico. Estas decisiones de los puertorriqueños no tienen valor intrínseco y son temporales pues de acuerdo a la cláusula territorial de la Constitución de Estados Unidos, al Tratado de París y las decisiones judiciales, la Isla continuará dominada y su soberanía intervenida.[32] Todos los asuntos importantes, desde la agricultura hasta el ambiente requieren y exigen la consideración y aprobación o desaprobación y autorización por medidas legislativas federales y presidenciales sancionadas por el Congreso de Estados Unidos y el Ejecutivo de ese país o sus tribunales federales. Los interlocutores en Estados Unidos de las propuestas gubernamentales hechas por el Gobernador y el Comisionado Residente en Washington, a nombre del «Pueblo de Puerto Rico» son las autoridades federales integradas por la Oficina del Presidente Harry S. Truman, diversos departamentos ejecutivos y agencias y finalmente tendrá la última palabra y prevalecerá la decisión d el Congreso de Estados Unidos.

Ante esta realidad desnuda de que las medidas solicitadas y la «Constitución» que legislarán los delegados a la «Convención Constituyente» requiere y exige el permiso, la autorización, el visto bueno y la aprobación del Congreso norteamericano Géigel Polanco advierte a su Pueblo que tal proceso es una farsa. Y ello es así pues el significado de esos procesos espúmeos se traducen en que la dominación de Estados Unidos permanece invariable, sigue y continúa sobre Puerto Rico. Ante esta realidad, el licenciado Géigel Polanco entiende su deber moral y un imperativo ético el alertar e ilustrar a su Pueblo sobre dichos procesos para que se sepa públicamente que carecen de soberanía, libertad y que dichos procesos son «degradantes.»[33] Siempre ha sido difícil hablar y escribir sobre estos temas, que concitan pasiones y levantan ronchas, si no se está con la mayoría dominante. El que comenta con la claridad y la exactitud, con el dominio de los hechos y la dialéctica como lo hace en su libro Vicente Géigel Polanco demuestra un profundo amor por su patria a la que desea conozca la verdad, para que informada sepa que jamás puede aceptar la condición de colonia, no importa el subterfugio a que se recurra. El licenciado Géigel Polanco no es un mero comentarista o estudioso de gabinete que comenta las propuestas constitucionales gubernamentales que se hacen por el Gobierno de Puerto Rico o los partidos políticos para aprobar una constitución. Sus comentarios son producto de una afilada inteligencia, un profundo discernimiento del Derecho Constitucional y de otros saberes complementarios, agudo sentido histórico y dominio perfecto de la lengua castellana. Así como un conocimiento de los personajes que actúan, pues convivió con ellos largos años y los conoce bien.

II. Las encrucijadas del Partido Popular

«1. Este Proyecto de Constitución es un engaño, una ilusión y un fraude perpetrado sobre el pueblo de Puerto Rico.

“2. No podemos abdicar nuestros poderes de legislar sobre territorios y posesiones. Ese poder está situado en el Congreso; no se lo podemos transferir a nadie más.

“3. El problema de Puerto Rico solamente puede resolverse de una manera, y es dándole soberanía. Este proyecto no les da ninguna soberanía, restringe su existencia al marco del status colonial”.

Honorable Vito Marcantonio.[34]
U.S. Representative.

 

El Partido Popular Democrático gana las elecciones de 1940.[35] Esa victoria inicia una nueva era política en el país.[36] No sólo por ese triunfo generacional, sino porque en poco tiempo desaparecen los líderes de las antiguas organizaciones partidistas. Un nuevo Gobernador norteamericano Rexford Guy Tugwell se instala en el Palacio de Santa Catalina o La Fortaleza. Su período al frente del Gobierno de Puerto Rico comienza el 19 de septiembre de 1941.[37] Los tiempos—sucesores de los turbulentos treinta— están demandando radicales cambios en las relaciones de dependencia que sufre Puerto Rico. Se aprobará la Ley del Gobernador Electivo, pero ello no es en verdad una novedad, ni un cambio profundo en la condición política. Ya no podía continuarse con los nombramientos de administradores coloniales venidos de Estados Unidos, la mayoría políticos ineptos y mediocres. Sin embargo, no sólo continúa la vigencia de la Ley Jones sino que todo el sistema de dependencia sigue vigente. El Senador Vicente Géigel Polanco culmina las conversaciones y gestiones que el y otros populares que creían en la Independencia venían realizando, presionando entre otros líderes al mismo Muñoz, durante los seis meses previos. Es Géigel, por sus conocimientos de Derecho Constitucional y las relaciones entre Puerto Rico y Estados Unidos quien prepara un proyecto de Resolución Concurrente que envía el 25 de enero de 1943 al Presidente del Senado. La referida Resolución Concurrente sobre la condición política [status constitucional] de Puerto Rico, va exponiendo las realidades históricas, sociales y políticas de que goza el Pueblo de Puerto Rico, y afirma: «con una definida personalidad histórica, un idioma común, una sólida cultura entroncada en las más alta tradiciones hispanoamericanas y un arraigado concepto de la democracia como ideal de vida y de gobierno.»[38] Termina la misma con lo siguiente:

«Por cuanto de acuerdo con la historia, los precedentes y las instituciones libres de Estados Unidos de América, la forma democrática de resolver nuestro problema de soberanía es mediante una autorización del Congreso en virtud de la cual el pueblo de Puerto Rico decida su status político permanente con arreglo al principio de la libre determinación.»

Mientras el sector independentista llevaba a cabo sus gestiones, el otro sector, el que lideraba don Luis Muñoz Marín, que desde 1932 avizoraba una autonomía dentro de las esferas de poder del Congreso de Estados Unidos, negociaba, como usualmente lo hacía, con las autoridades norteamericanas, para hacer cambios a la ley orgánica, lograr que el cargo de gobernador fuera electivo y ese tipo de cambios. La Resolución Concurrente del Senador Géigel Polanco, no se aprobó, pues aunque el sector independentista era poderoso, de líderes inteligentes y tenían entre ellos al «Cerebro Mágico»[39] políticamente hablando, don Luis y sus acólitos y los tecnócratas[40] dominaban los resortes del poder partidista e institucional. Ya habían derrotado al Senador Géigel Polanco en el tenor de la reforma universitaria, pues la Ley 135 de 7 de mayo de 1942, no se realizó en base a las teorías que propulsaba Géigel Polanco.[41] El 10 de febrero de 1943 la Asamblea Legislativa aprobó unánimemente una resolución conjunta planteándole al Presidente y al Congreso de Estados Unidos «el derecho del Pueblo de Puerto Rico a que termine el sistema colonial de gobierno.»[42] Además de las peticiones de cambios en las relaciones entre dominador y dominado y para que se rompa el yugo colonial que hacen individuos y colectividades político-partidistas, una institución profesional de reciente creación (1932) interviene. El Colegio de Abogados de Puerto Rico celebró su Asamblea General el 1 de septiembre de 1944. En dicha Asamblea se aprueba una extensa y bien pensada Resolución titulada El Problema Político de Puerto Rico: (1944), donde expresa:[43]

  1. Denunciar clara y categóricamente el régimen de gobierno colonial todavía subsistente en Puerto Rico a los 45 años de haberse firmado el Tratado de Paz que puso fin a la Guerra Hispanoamericana.
  1. Afirmar que al mantener todavía dicho régimen, ni el gobierno ni el pueblo de los Estados Unidos, han cumplido satisfactoriamente la obligación que asumieron en dicho Tratado para determinar la condición política final del pueblo de Puerto Rico.
  1. Declarar que tal régimen se mantiene únicamente sobre la base de la fuerza, y es uno de positiva coacción jurídica y política contra el derecho del pueblo puertorriqueño al ejercicio de una soberanía en los asuntos que le atañen, mediante cualquiera de las formas reconocidas por el Derecho para la estructuración y ejercicio de esa soberanía.
  1. Demandar del Congreso Federal y del Presidente, así como del pueblo de los Estados Unidos, la terminación del injusto régimen denunciado y su sustitución por otro que responda a la voluntad colectiva del pueblo puertorriqueño determinado libremente por el mismo en uso del derecho que a tal efecto le corresponde.

Los juristas puertorriqueños cumplen un deber, el de aclarar jurídicamente el más importante problema que sufre el país y al hacerlo ilustrar a sus compatriotas, fuera de partidos, para que tomen la decisión de terminar con la subordinación colonial entre Puerto Rico y Estados Unidos.

Dentro del Partido Popular Democrático alentaba un grupo grande de independentistas. Desde la celebración de su Asamblea Constituyente el 21 de julio de 1940, el Partido había declarado, para sus militantes y organismos, una moratoria en la cuestión de la condición o status político constitucional de Puerto Rico. El Programa político, aunque tenía ciertamente un tono independentista, enfatizaba lo antes indicado y lo resumía en la híbrida frase: “el status no está en issue” que tanta fortuna hizo en la Isla durante mucho tiempo. Hoy está esa frase desacreditada. Entonces, sin embargo, la cuestión del status sí estaba latente y presente, viva, dentro de muchos de los militantes y miembros del referido partido y en numerosos sectores de la sociedad puertorriqueña. A principios de abril de 1943 se había reunido en San Juan un grupo de varios cientos de independentistas pertenecientes a diferentes partidos políticos, predominando entre ellos los populares. Este grupo luego organizaría el primer Congreso Pro-Independencia [CPI]. En el parque, hoy llamado Sixto Escobar, en San Juan, se reunieron mil ochocientos delegados de todo el territorio insular, el 15 de agosto de 1943. Presidía el historiador y abogado Juan Augusto Perea y actuaba de Secretario General Antonio Pacheco Padró. Varios oradores hicieron uso de la palabra ante las quince mil personas congregadas: Vicente Géigel Polanco, Juan Augusto Perea, Rafael Soltero Peralta, Sergio Peña, Juan Sáez Corales, Obdulio Bauzá, Carlos Román Benítez, Alfonso Lastra Chárriez, Felisa Rincón de Gautier, Benjamín Ortiz, Rodolfo Ramírez Pabón, Rafael Arjona Siaca, Carmelo Gorritz, Antonio Ayuso Valdivieso, José Yumet, Carmelo Rodríguez García y Ernesto Juan Fonfrías.

Entre los presentes se encontraban numerosos líderes y miembros del Partido Popular. Don Luis Muñoz Marín, preocupado de que el CPI se convirtiera en un partido político, citó al liderato del popularismo y anunció que él no participaría porque el Partido Popular era neutral en asuntos de status. Una razón subyacente, además de aquella citada antes, estaba presente en la decisión que el Presidente del Senado había tomado, ya estaba en transición hacía otras direcciones políticas surgidas en Washington, que entendía eran factibles para sí y neutras para fines electorales. Otras razones pesaban también en la decisión del referido líder. Muñoz Marín dirigió un mensaje al Congreso que se resume en la siguiente oración: “Deseo al Congreso Pro-Independencia todo éxito en la expresión ante el pueblo de los Estados Unidos de los ideales que indiscutiblemente son los de la mayoría de los puertorriqueños”. Nos preguntamos: ¿Si eran los de la mayoría, porque don Luis no los respaldaba? ¿Que o quienes se lo impedían? ¿Porque? Vicente Géigel Polanco, dirigente parlamentario del Partido Popular en el Senado, y gran amigo personal de Muñoz Marín manifestó en el Congreso Pro Independencia que:

“Planteado el problema en términos de soberanía, no se trata de obtener una mera reforma del régimen vigente, ni de la prolongación del coloniaje con ayuda económica más o menos generosa, ni de la simple concesión de gobernador electivo, ni de medidas transitorias, ni de franquicias revocables. Se trata de la soberanía, de la independencia, del establecimiento de la República de Puerto Rico por la voluntad soberana de nuestro pueblo”.

Ya el licenciado Géigel Polanco sabía hacía donde don Luis y sus asesores se dirigían y que buscaban, de ahí la admonición y el mensaje.[44] Ya desde 1932 como Senador por el Partido Liberal, Don Luis Muñoz Marín, había iniciado su traslado de un credo independentista, escéptico y con condiciones, más bien coyuntural, a uno autonomista, afín con los proyectos de económicos y políticos que Estados Unidos interesaba imponer en Puerto Rico.[45] El insuperable político que era Muñoz, le permitió intuir las políticas de Washington, también en transición, pero dirigidas a aquello de que esto tiene que cambiar, para que pueda continuar igual.[46] No publicó don Luis Muñoz Marín un «Manifiesto a los Puertorriqueños» en 25 de junio de 1936, que decía:

«Creo que conozco el origen psicológico que puede mover a algunos de mis compatriotas a pensar en la autonomía. Profundamente disgustados con la colonia y gravemente temerosos de la independencia, buscan sinceramente en los pliegues de la autonomía un manto decoroso, y hasta decorativo que cubra los harapos de la colonia y se asemeje a la toga de la independencia.»[47]

El segundo Congreso Pro Independencia congregó a mil seiscientos eufóricos delegados de toda la Isla y miles de espectadores. Además del Presidente, ahora el doctor Gilberto Concepción de Gracia, talentoso jurista, constitucionalista notable y dedicado patriota, de limpia trayectoria política, limpieza moral, dirigieron la palabra a la multitud los siguientes oradores: Vicente Géigel Polanco, Rafael Soltero Peralta, Rafael Arjona Siaca Andrés Grillasca, Antonio Ayuso Valdivieso, Juan Santos Rivera, Rodolfo Ramírez Pabón, Juan Hernández Vallé, Yamil Galib y Baltasar Quiñones Elías. También participaban en la organización del Congreso, Osvaldo Ramírez, José Paniagua Serracante, Antonio Santaella, Luis A. García Casanova, Emilio Soler López, Rizal Pagán, Pedro Pérez Pimentel, Juan Sáez Corales, Antonio Pacheco Padró, J. A. Lanausse y José A. Pacheco. Causó impacto y llamó lo atención en el Congreso Pro Independencia de Puerto Rico una carta del presidente del Partido Popular, don Luis Muñoz Marín; luego publicada en el diario El Mundo de 11 de diciembre de 1944. Expresa, entre otras cuestiones, el dirigente máximo del popularismo y Presidente del Senado que: «Como usted bien dice, el Partido Popular Democrático se comprometió solemnemente con el pueblo a que los votos que se dieran a su favor en las elecciones no se interpretarían como votos a favor de status político futuro alguno.»

El Senador Millard Tydings presentó otro Proyecto de Ley (S-227) el 10 de enero de 1945 por el que se propiciaba un proceso que viabilizaba la obtención de independencia de Puerto Rico.[48] El mismo era similar al de 1936, y causó sensación entre los independentistas y los no independentistas. Un grupo sustancial de legisladores populares respaldó el Proyecto de Ley Tydings. El mensaje dirigido al Senador Tydings, leía como sigue:

«Como miembros de la Legislatura de Puerto Rico, urgimos legislación autorizando a nuestro pueblo a decidir tan pronto sea posible el problema de nuestro status político permanente. Personalmente le damos nuestro completo endoso a su proyecto de Independencia, con enmiendas disponiendo para el progresivo desarrollo de nuestra economía y el sostenimiento de razonables niveles de vida y de trabajo.»

Los alcaldes Populares que suscribieron este mensaje fueron: Asunción López, Jorge A. Ortiz, Julio Rojas Reyes, Andrés Grillasca, Lisandro Lugo, Esperanza Ydrach Vda. de Quiñones, Joaquín Rosa, Gerardo Vega, Carlos Mignucci, Juan Rodríguez Martínez y Augusto P. Álvarez. Otro número de Alcaldes Populares dieron su apoyo condicionado a este proyecto en mensaje que decía: «De acuerdo con el sentimiento mayoritario del pueblo de Puerto Rico nosotros calurosamente apoyamos el Proyecto Tydings para nuestra independencia con la enmienda propuesta».[49] En abril de 1945 se integró la Comisión Legislativa del status que había sido creada en 1943. Vicente Géigel Polanco era miembro de ésta.

El Presidente Franklin D. Roosevelt murió en abril de 1945 y le sucedió en la Presidencia de los Estados Unidos Harry S. Truman. En Washington, D. C., don Luis Muñoz Marín ofreció testimonio ante el Comité Senatorial el 7 de mayo de 1945.[50] Manifestó que aunque él favorecía el status de dominio no respaldaría ninguna alternativa constitucional si no tenía el respaldo del pueblo de Puerto Rico. El 10 de febrero de 1946 hizo crisis la situación surgida entre el Congreso Pro Independencia y Muñoz Marín con referencia a los miembros populares del Congreso. Se declaró incompatible pertenecer a ambas organizaciones. Para todos los efectos, este acuerdo constituyó la expulsión de los independentistas del Partido Popular. El Presidente del Congreso Pro Independencia, don Gilberto Concepción de Gracia, hizo declaraciones a la prensa condenando el acuerdo del Partido Popular y calificándolo de “decreto inquisitorial”.[51] Se sucede entonces una serie de expulsiones de líderes populares creyentes en la independencia: Baltasar Quiñones Elías, José Luis Feliú Pesquera y William Córdova Chirino, representantes a la Cámara. También Luis Muñoz Marín anuncia varios días después la expulsión del Alcalde de Aguadilla, Fernando Milán, entre otros.

El diario El Mundo de 28 de junio de 1946 publicó el primero de dos artículos de don Luis Muñoz Marín sobre el status o condición política de Puerto Rico titulados Nuevos caminos hacia viejos objetivos.[52] En ellos, el Presidente del Partido Popular, aunque no precisaba una fórmula constitucional, ofrecía su enfoque del problema. Abandonó públicamente las alternativas de independencia o estadidad y argumentó para la continuación de las relaciones políticas con los Estados Unidos. Admitió que la actual relación no era perfecta, pero si beneficiosa a la Isla. Importantes líderes del Partido Popular Democrático que profesaban la independencia de Puerto Rico como solución a la situación colonial de Puerto Rico, protestaron del contenido de los artículos, entre ellos Francisco Susoni (padre), Presidente de la Cámara de Representantes y Vicente Géigel Polanco, Senador y dirigente parlamentario del Partido Popular. Se convocó una reunión de los organismos directivos del Partido Popular en Barranquitas el 3 de julio de 1946 con el propósito de discutir el momento político. Luego de las intervenciones de Muñoz Marín, Susoni, Géigel Polanco, Eugenio Font Suárez y otros, se tomó un acuerdo contra el cual votó Géigel Polanco. Las luchas por lograr romper la colonia continúan en el seno del Partido Popular, pero la situación de los independentistas era difícil, el alto liderato buscaba otra solución que, para un conocedor del Derecho Constitucional, era colonial. El Presidente del Senado Luis Muñoz Marín pronunció el discurso durante la celebración oficial del 4 de julio de 1948. “Su discurso endosó totalmente la tesis de la tercera fórmula para la solución del problema político de Puerto Rico”.[53] Muñoz Marín interpretó el resultado electoral de noviembre de 1948, que le elige Gobernador, como un endoso del pueblo al status de dominio o pueblo asociado a Estados Unidos.[54] A esos efectos, anunció al día siguiente de las elecciones su intención de solicitar del Congreso de Estados Unidos que se permitiese a los puertorriqueños redactar su propia constitución. Sostuvo el Gobernador que era la Isla la que necesitaba a los Estados Unidos y no los Estados Unidos a Puerto Rico y prometió terminar las trazas de colonialismo. El New York Times de 5 de julio de 1949 publicaba sobre la visita del Gobernador Muñoz Marín a Washington. La prensa incluía declaraciones del Gobernador, a los efectos de que Puerto Rico en realidad era el Estado número 49 de los Estados Unidos. Se inician los procesos para hacer a Puerto Rico un Estado Libre Asociado.

Las autoridades federales en Washington, que dominan y ejercen plenos poderes sobre Puerto Rico de acuerdo a sus esquemas constitucionales y jurisprudenciales, tomaron la determinación de llevar a cabo algunos cambios en dichas relaciones entre el dominador y el dominado, pues ello convenía a los intereses norteamericanos. Es por ello que entre 1950 a 1952, el Presidente y el Congreso de los Estados Unidos, autorizan y aprueban las reformas constitucionales a las leyes que habían organizado institucionalmente a Puerto Rico, después de la invasión de 25 de julio de 1898, me refiero a las legislaciones federales: Foraker (1900), Jones (1917) y la Ley del Gobernador electivo (1948). El Congreso autoriza y consiente legislativamente la confección de la Constitución del Estado Libre Asociado, mediante una Asamblea Constituyente, cuya Constitución del Estado Libre Asociado será sometida a aquel Congreso para su revisión y aprobación. Los procesos político-constitucionales fueron, como dice Trías Monge «degradantes» y este jurista expresa que: «Dada la inclinación general del Partido Popular Democrático, en sus relaciones con Estados Unidos, a contemporizar, a envolver sus conceptos sobre el status en lenguaje ambiguo, críptico o esópico, a no adoptar posiciones firmes frente a Estados Unidos en la expresión de sus derechos…»[55] El proceso que se desarrolló en Puerto Rico y en el Congreso de Estados Unidos, de naturaleza colonial, donde los senadores y representantes planteaban que Estados Unidos no tenía colonias, la timidez de las propuestas puertorriqueñas para establecer al fin un régimen de gobierno local, carente de poderes soberanos las peroratas sobre el pacto y los numerosos detalles que ocurrieron, nos obligan a afirmar que: el título del libro del licenciado Vicente Géigel Polanco se justifica.[56] No ha dicho don José Trías Monge, en 1998, que:

“El 25 de julio de 1952, después de tan horrorosa ordalía y de un record vergonzoso, nació por fin el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.”[57]

III. Los quilates de don Vicente Géigel Polanco.

Lauros conseguirás, joven artista,
del borincano suelo serás gloria,
y de siglos en siglos tu memoria
Puerto Rico por siempre guardará.

Adiós, pues, prosigue tus cantares,
tan llenos de dulzura y sentimiento,
a tu patria darás ese ornato,
y ella tu justo anhelo premiará.

Emilia Cuebas Grappe.[58]

 

Es un lugar común decir que La farsa del Estado Libre Asociado es un libro polémico. Decía don Alfonso L. García Martínez,[59] mi estimado amigo, que hablar de simplezas, paparruchas y sandeces, de cuestiones manidas, lo hacen los espíritus débiles y mediocres, es decir, cualquiera. Aquellos, que quieren estar bien con Dios y el Diablo, repicar campanas y dar misa. Es de espíritus fuertes—y nunca una frase fue mejor usada—asumir su responsabilidad y ofrecer sus opiniones públicamente, como lo hace el docto Vicente Géigel Polanco. Afrontar, analizar y criticar las ideas centrales y fundamentales de una sociedad—aunque sean controversiales e impopulares—es tarea que requiere valentía, integridad intelectual, talante moral e inteligencia. De estas facultades estaba dotado don Vicente, hombre de una fibra moral inquebrantable, limpio de ideas, y poseedor de un talento esclarecido. Este cronista, prologuista de su libro, tuvo el privilegio de conocerle personalmente cuando se iniciaba en la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, por aquellos, ya lejanos años de 1963, como estudiante de primer año y tratarle seguidamente durante años, hasta su desaparición. Esa relación de amistad con el licenciado Vicente Géigel Polanco me permitió aquilatar esas virtudes y otras que le adornaban. Obras son amores, dice el refrán. Si juzgamos a don Vicente por sus obras, tenemos que concluir que era un hombre de vasta cultura cultivada al calor de mil lecturas y experiencias, fogueada por su latente curiosidad intelectual, y sentido de lo propio, decoro, pero además lo he expresado antes, poeta.[60] Es decir que los dioses le tocaron y le dieron, para mí, el don más preciado, el de la poesía, la más exquisita de las gracias divinas. Es desde la poesía que don Vicente se proyecta al Derecho, la Historia y la reforma social, es abogado de primer orden por ser poeta, va al Derecho por medio de la poesía. Más aún, por ser un cantor de Puerto Rico, defiende a ultranza el Derecho natural a la libertad, personal y colectiva, que los puertorriqueños poseemos de forma inalienable, imprescriptible y perpetua. Eugenio María de Hostos, quien también cultivo la santa poesía, como la llamaba don José de Diego, expresaba: «nuestra patria, nunca dejará de ser nuestra». A propósito de la cita hostosiana, era don Vicente fervoroso estudioso de la vida y la obra de Eugenio María de Hostos. Le unía a Hostos un lazo espiritual, de comunes apetencias patrióticas, y pudo entender la trascendental aportación del Maestro mayagüezano de universal proyección, porque ambos, Hostos y Géigel Polanco, estaban anclados por una misma idea patriótica.

IV. Credo político y cultural.

Quiso una patria libre y digna
porque no podía querer otra cosa.

Margot Arce de Vázquez[61]

Su credo político y social quedó plasmado en sus luchas por la obtención de la soberanía, la independencia, la liberación y la libertad de su patria, Puerto Rico. Forma también parte esencial de su credo la vasta legislación obrera y social que ideó, preparó e hizo aprobar, como miembro de la Asamblea Legislativa, Senador y dirigente parlamentario del recién fundado Partido Popular Democrático.[62] Las bases de su pensamiento democrático estaban imbricadas en dos factores que se congregaban en su persona: el licenciado Géigel Polanco, además de abogado, era profesor de Sociología y Legislación Social en el Colegio de Derecho de la Universidad de Puerto Rico y en la Facultad de Ciencias Sociales. Ambas disciplinas le ofrecieron un entendimiento de la conveniencia de una sociedad donde todos gozaran de derechos, libertades y trabajo. Conoció las penurias de los campesinos y de los trabajadores explotados que su generación destacó y tuvo la oportunidad de contribuir a lograr cambios sociales mediante la legislación social que se aprobaría después. El partido en que militaba, recién fundado, el Popular Democrático, cuyo líder era don Luis Muñoz Marín, así lo creía, como su alto liderato, entre otros don Ernesto Ramos Antonini, para mencionar sólo dos. Géigel Polanco al terminar sus estudios de Derecho se interesó en lo social y uno de sus primeros trabajos como abogado fue en el Departamento del Trabajo, investigando, estudiando y aplicando disposiciones legislativas laborales de avanzada. Tenía un fe profunda en la participación inteligente de las masas puertorriqueñas para la liberación del pueblo de Puerto Rico y de que estas se educasen para aportar al bien común, de ahí que había escrito su ensayo «La Integración nacional», incluido en su libro titulado, El despertar de un pueblo.[63] Allí nos expresa que:

«A estas horas de la civilización no bastan las minorías ilustradas que siempre terminan por erigirse en usurpadoras de todos los derechos. Hemos menester de masas cultas, de muchedumbres conscientes de su civilidad.»

Creía en las instituciones acendradas que educaban al pueblo y obligaban a los estudiosos a compartir sus ideas y saberes con los que no tenían esos conocimientos, por ello, se afilió al Ateneo Puertorriqueño y fue entusiasta miembro de su Junta de Gobierno, y militó y respaldó al Colegio de Abogados siendo director de la Revista del Colegio de Abogados de Puerto Rico. Géigel Polanco y sus dos compañeros de estudios de Derecho—Samuel R. Quiñones y Nilita Vientós Gastón—serán electos, en diferentes momentos presidentes del Ateneo Puertorriqueño y llevarán a nuevas alturas a la docta casa. La obra prosística de Géigel Polanco se dedicó a la interpretación de la realidad puertorriqueña. Josefina Rivera de Álvarez nos dice que: “En la raíz de su ensayismo el amor por el suelo natal se funde con un espíritu revisionista y una fundamental conciencia de hombre culto de apoyos universales, rasgos coincidentes con las inquietudes que presiden en la generación literaria a la cual perteneció”.[64] Es uno de los fundadores de la revista Índice, con Antonio S. Pedreira, Samuel R. Quiñones, Antonio Collado Martell, a la que se adhirió después Margot Arce. En su afán por estudiar nuestro pasado histórico y conservarlo, para enriquecer el patrimonio cultural, Vicente Géigel Polanco funda en enero de 1934 la Academia Puertorriqueña de la Historia. Esta institución cultural es otra aportación de la visión histórica de su fundador que la gestiona y establece desde la Presidencia de la Sección de Historia del Ateneo Puertorriqueño.[65] Se le elige Secretario Perpetuo de la Academia Puertorriqueña de la Historia, desempeñando ese prestigioso cargo hasta su desaparición.[66] De don Vicente se puede decir que por donde quiera que fue se dedicó a compartir sus ideas, a alumbrar nuevos caminos y a combatir el colonialismo que corroe su patria. Su brillante inteligencia y conocimientos jurídicos le hubieran permitido dedicarse a una lucrativa práctica de la abogacía y enriquecerse. Más don Vicente prefirió seguir su vocación de servicio desinteresado a su pueblo, aún a costa de muchos sacrificios.

V. Filiación política.

«que está siempre ahí la autoridad del Gobierno de los Estados Unidos, del Congreso, para legislar en caso de necesidad”.

Antonio Fernós Isern, comisionado Residente al Congreso, 11 de mayo de 1950.

 

Como jurista y político, el licenciado Géigel Polanco, fue miembro y líder destacado del Partido Unión de Puerto Rico, de su sector independentista, y simpatizaba con la fundación del Partido Nacionalista en abril de 1922.[67] Cuando el Partido Nacionalista celebra su Asamblea General el 11 de mayo de 1930 en los salones del Ateneo Puertorriqueño, convocada por el abogado Antonio Ayuso Valdivieso, Presidente de la Organización desde 1929, asistieron varias delegaciones de otros partidos, como la presidida por Antonio R. Barceló, que volvía a presidir la Unión de Puerto Rico, al desertar la Alianza de Puerto Rico. La delegación de líderes unionistas se componía de Barceló, Luis Lloréns Torres, José S. Alegría, Samuel R. Quiñones, Vicente Géigel Polanco y José Dávila Ricci. Después de saludar a la Asamblea Nacionalista y al candidato a presidente de dicho partido, el licenciado Pedro Albizu Campos la delegación unionista se retiró. Vicente Géigel Polanco suscribe un extenso Manifiesto a favor de la Independencia publicado en El Mundo el 28 de mayo de 1930, también lo firman: Ernesto Ramos Antonini, Samuel R. Quiñones, José Dávila Ricci, Pedro E. Anglade, José E. Gelpí, Francisco Susoni Lens, Manuel Cruz Horta, Enrique Campos del Toro, Cruz Ortiz Stella, Santos P. Amadeo,[68] y Pelayo Román Benítez.[69] Géigel Polanco, miembro del Comité Internacional del partido Unión publica el 10 de agosto de 1931 una denuncia contra el régimen colonial. El manifiesto se titula:

«Puerto Rico ante el imperialismo norteamericano». Denuncia del régimen de Gobierno que Estados Unidos de América impone al Pueblo de Puerto Rico”.

El texto de dicho manifiesto expresa en uno de sus párrafos que:

“En puridad de verdad, es una farsa el gobierno instituido en Puerto Rico por los invasores. Se nos rige al amparo de una ley del Congreso de Estados Unidos, en cuya aprobación no tuvo ingerencia nuestro pueblo. El gobierno estatuido aquí no emana, pues, de la voluntad de los gobernados. Es imposición de Estados Unidos.

“En resumen, al cabo de treinta y tres años de ocupación norteamericana, no existe en Puerto Rico ni un indicio de gobierno democrático. No hemos conquistado un solo derecho permanente bajo el nuevo régimen; por el contrario, se nos despojó de la Carta Autonómica que obtuvimos de España a fines del pasado siglo. Ninguna prerrogativa ciudadana dimana de nuestra soberanía. El invasor continúa ejerciendo ilegítimamente nuestro derecho. Nos impone por la fuerza un gobierno personal y exótico; centraliza en manos inexpertas y enemigas del país todas las funciones públicas; subordina nuestra vida nacional a los caprichos de gobernantes irresponsables y nos obliga a costear, a precio de diez a doce millones de dólares anuales, una maquinaria gubernativa que, lejos de responder a las necesidades del pueblo puertorriqueño, va rectamente encaminada a destruir los valores sustantivos de la nacionalidad.»

“El invasor ha pretendido, asimismo, desnaturalizar el alma de este pueblo, corromper su moral, prostituir sus creencias, humillar su decoro y envilecer su conciencia”.

Lo suscriben los líderes unionistas: Antonio R. Barceló, Luis Lloréns Torres, Manuel A. Martínez Dávila, Ernesto Ramos Antonini, Vicente Géigel Polanco, Antonio Coll Vida, José Dávila Ricci, Samuel R. Quiñones, Joaquín Velilla y José Enrique Gelpí. Cuando los unionistas perdieron el uso del nombre po

Escrito por

Carmelo Delgado Cintrón / Academia Puertorriqueña de Jurisprudencia y Legislación

Carmelo Delgado Cintrón es Catedrático de la Escuela de Derecho del Recinto de Río Piedras, de la Universidad de Puerto Rico, donde enseña Historia del Derecho Puertorriqueño; Derecho y Literatura, Historia Constitucional de Puerto Rico


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