Reflexiones sobre la deuda odiosa colonial, algunas tesis y hojas de ruta | Parte 1

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I. Introducción 

Hace 6 años escasas voces denunciaban que la deuda pública de Puerto Rico era odiosa colonial. El pensamiento y discurso general en Puerto Rico era el arraigado en la tradición moral y jurídica antigua adicta a los acreedores que los contratos se cumplen. Parte de las premisas falsas que si se repudia la deuda se perderá el acceso a los mercados de crédito y que se tiene que pagar lo que se utilizó para el beneficio de la población. Ese discurso promueve en la realidad colonial puertorriqueña una teoría eunuca de la relación crediticia pública dual acreedores-territorio-población que obvia el colonialismo y al único soberano responsable de la deuda que es el gobierno federal. En el contexto de una deuda pública colonial a todas luces impagable prevalecía y desafortunadamente continúa imponiéndose hoy en día ese discurso insensible de los acreedores y la metrópolis. Hacía y hace falta el desarrollo de un pensamiento crítico nacional, alterno, ético, jurídico, político, anticolonial, solidario y pos neoliberal sobre la deuda pública territorial, que critique, vulnere y derrumbe esa ideología dominante, para imputar la responsabilidad exclusiva de la deuda a la potencia colonial. 

Ante la inmensa deuda pública, el servicio anual impuesto a la población de la isla y la grave crisis, dio inicio ese proceso lento, crítico, creativo, justo, necesario. Hace poco tiempo comenzó un proceso minoritario para articular una teoría de responsabilidad del gobierno federal sustentada en estudios críticos interdisciplinarios, una visión moral solidaria, acopio de doctrinas jurídicas de control del mismo derecho anglosajón y la doctrina de la deuda odiosa conforme ha evolucionado, en la experiencia comparada, según se ha configurado en la historia de la economía política y jurídica de la explotación del enclave colonial de Puerto Rico. Colaboré en ese proceso primerizo con algunos ensayos breves durante los años 2013, 2014 y 2015. Todavía no se había resuelto el caso de Pueblo Sánchez Valle ni aprobado la ley federal Promesa.

Esta teoría neoliberal y sus premisas son falsas. Conforme ha avanzado la moral (1) hay múltiples excepciones al pago de las deudas: según las normas vigentes sobre herencia, los herederos pueden repudiar las deudas de su causante o aceptar el caudal sin deudas a beneficio de inventario; el quebrado no tiene que pagar las deudas descargadas para iniciar un nuevo rumbo; el deudor cuyo banco lo controla con prácticas inusuales bancarias (“tying arrangements”) no está obligado a pagar al banco y además tiene derecho a reparación por el triple de los daños causados. (2) En las relaciones donde predomina un ente controlante es éste quien responde por las deudas. Así responde la corporación o accionista que controla a una corporación que es su “alter ego”. Y en las deudas odiosas o injustas coloniales se elimina de la relación crediticia a la nación colonizada de la responsabilidad sobre la deuda pública colonial y paga como único deudor la potencia controladora colonial.

La postura crítica tomó un poco más de relieve a raíz del primer simposio sobre la responsabilidad del gobierno federal celebrado el 29 de abril del 2015. En nuestra ponencia de aquel simposio señalamos que articular una postura anti colonial para imponer responsabilidad al soberano federal como único deudor ante los acreedores sobre la deuda pública sería un proceso complejo y prolongado. Ese nuevo discurso fue aumentando, desafortunadamente muy lentamente, con las limitaciones impuestas por la fragmentación, el reformismo y reflujo del movimiento patriótico y de la izquierda. Paralelamente, y mientras se anunciaba por el gobierno colonial en el 2015 que la deuda era impagable, se dieron los primeros anuncios de una línea oficial federal neoliberal para imponer una Junta de Control favorable a los acreedores. Para ese mismo periodo, durante el primer simposio de la deuda y responsabilidad federal surgió una corriente reformista. Una variante sostenida por el exGobernador Anibal Acevedo Vilá, uno de los ponentes invitados, para imputar responsabilidad compartida entre la población y el gobierno federal basado en un dictum en el caso Limtiago v Camacho, posición que descartó durante el segundo simposio de la deuda para afirmar que con el caso Sánchez Valle y su reconocimiento de los poderes plenarios de soberanía, la responsabilidad federal sobre la deuda es plenaria. Aunque no continuó insistiendo, lo que afirmó era cónsono con nuestra postura original de que la relación crediticia en una deuda pública odiosa colonial es acreedores-metrópolis deudora. La otra posición reformista consistió en una teoría que no retaba el orden colonial, ni la relación crediticia acreedores-territorio-población, atada a una campaña de auditoría orientada a señalar corrupción local como causante de la deuda pública y a reducir una porción de deuda que se alegaba contravenía el tope de deuda dispuesto en la Constitución del ELA según se determinara por las cortes. La teoría reformista fue apoyada por sectores del PPD-partido que incluyó en su programa el medio de la auditoría gubernamental de la deuda-, por uniones norteamericanas y algunos grupos emergentes. Esta teoría reformista, como vemos también eunuca de la deuda, levantó vuelo. (3) Se continuaba ocultando de la relación crediticia al personaje y deudor central: el gobierno federal. Mientras tanto, la teoría anticolonial sobre deuda odiosa y responsabilidad federal se mantenía en la polémica pública, reclamando un lugar central desde la marginalidad, pero se fué desarrollando como reserva estratégica de la nacionalidad puertorriqueña. 

El imperio impuso la ley Promesa el 30 de junio del 2016. Creó un colonialismo de nuevo tipo, un laberinto como el del Minotauro de Creta para los puertorriqueños, un jardín paradisíaco para los acreedores. El Minotauro ha continuado saciando su apetito con el sudor y sangre del pueblo, mientras se ríe a carcajadas con la auto inmunidad que se agenció sobre la deuda colonial con la Sección 210 de la ley Promesa, sentado a la cabecera de la mesa con los fondos buitres y acreedores, quienes celebran del banquete. La ley Promesa promueve, y su Junta continúa sosteniendo, la postura neoliberal bipartita crediticia acreedores: territorio y población deudora. La mayoría del pueblo desconoce los infranqueables caminos de ese laberinto, mientras han surgido como expertos sacerdotes, un selecto grupo de economistas, abogados, peritos y jueces encargados de interpretar los jeroglíficos de un intrincado proceso de mal llamado ajuste de deuda, en un bochornoso mal llamado proceso colonial mixto de quiebras. El pueblo no ha participado de ese proceso y los partidos coloniales lo han traicionado. Recientemente la Juez Taylor Swain, quien tiene poderes mucho más limitados que un juez federal ordinario de quiebras, validó el acuerdo transaccional de los acreedores de Cofina y la Junta de Control. 

El Tribunal de Circuito de Apelaciones para el Primer Circuito acaba de decidir en un caso que a pesar de violarse el proceso de nombramientos de la Junta de Control según garantizado en la Constitución federal, ha validado el proceso, dando margen a corregir tal error con someter de nuevo a la confirmación del Senado Federal, mientras llama “procónsules romanos”, a los 7 integrantes de la Junta de Control, quitando cierto lustre a este cuerpo federal. Algunos desean convertir al distinguido Juez B. Torruella en libertador. Nadie niega de su rectitud pero es anexionista. Y si bien hubo muchos “tories” anexionistas que se pasaron al bando independentista en la revolución norteamericana, todavía no ha llegado ese punto de cambio en nuestra situación. Torruella siempre tratará de acercar la braza al anexionismo, de impulsar palmo a palmo la teoría de incorporación de “facto”, de intentar vulnerar poco a poco la doctrina de territorio no incorporado de los casos insulares. Y mientras pueda, intentará que cláusulas estructurales de la constitución federal se apliquen al territorio, de manera que se vaya diluyendo la limitación de los poderes plenarios del Congreso bajo la cláusula territorial circunscrita a los derechos fundamentales que es la doctrina vigente de los casos insulares y del caso de Balzac. Sinembargo, todavía es precedente Downes v Bidwell, caso pionero de los casos insulares que resolvió que la cláusula estructural de uniformidad tributaria no aplicaba a los territorios no incorporados , sólo cubre a los estados y territorios incorporados. Ya veremos si el Tribunal Supremo Federal decide intervenir porque en realidad, en el fondo, el remedio tirijala ofrecido por la corte no vulnera la ley Promesa ni la Junta de Control, aunque golpea de cierto modo temporalmente su prestigio. 

Mientras tanto, la posición reformista se encuentra en grandes aprietos, incapaz de convertirse en arma eficaz de lucha de nuestro pueblo. En el presente, por necesidad vital, de sobrevivencia, existen las condiciones objetivas idóneas para una masificación de la lucha anticolonial y contra la deuda odiosa colonial. Ningún partido podrá gobernar con esa deuda impagable. Estamos en una situación global y local compleja y fluida, al borde de EE UU iniciar una guerra de agresión contra Venezuela y con sismo serio que se expande en el seno de Estados Unidos. Hace falta consolidar y expandir el elemento subjetivo puertorriqueño, superar la dispersión y el reflujo de la organización política patriótica, según comento al final de este escrito. El pueblo puertorriqueño deberá buscar los medios éticos idóneos de lucha para convertirse en el héroe Teseo que expulse algún día de nuestra tierra la dominación del Minotauro norteamericano y sus buitres.

Dentro de esta compleja realidad que nos abruma, mientras presento el contenido de mi libro, ofreceré reflexiones sobre procesos acontecidos con la deuda en los pasados años. Luego en el contexto actual propondré unas tesis, medios de lucha y hojas de ruta

 Primer Simposio 

El primer simposio de la deuda , titulado deuda pública y responsabilidad federal: remedios y cursos de acción de la ciudadanía tuvo lugar a casa llena el 29 de abril 2015 y presenté, entre otros, dos ponencias (una corta oral y una larga escrita) tituladas : Hacia una teoría de responsabilidad del Gobierno federal sobre la deuda pública en Puerto Rico (4), (5) así como un ensayo titulado Reflexiones hacia un pensamiento crítico nacional, (6) los tres fueron publicados en revistas y se incluyen en mi libro. (7)

 Segundo simposio 

El 30 de mayo 2017 organizamos el segundo simposio sobre la deuda pública y la responsabilidad del gobierno federal, también a casa llena en el Teatro de la Facultad de Derecho de la UIA. Presenté la ponencia: Deuda pública odiosa colonial: la flecha dirigida al Minotauro norteamericano, publicada el 2 de junio del 2017. (8) Este ensayo se incluye en mi libro. En dicho ensayo pasé balance sobre los acontecimentos más sobresalientes ocurridos desde el primer simposio. Destaqué como eventos importantes, las decisiones de la Corte Suprema Federal en los casos de Frankyn que anuló la ley de quiebras criolla (9) y Sánchez Valle, que determinó que el Congreso tiene todos los poderes plenarios de soberanía sobre el territorio no incorporado de Puerto Rico (10) y la imposición de la ley Promesa en junio del 2016. También las expresiones de la prestigiosa Revista Jurídica de Harvard del 10 abril del 2017 que concluye que si luego del dictamen de Pueblo v Sánchez Valle el ELA constituye una relación colonial, la deuda territorial de Puerto Rico es odiosa colonial responsabilidad del gobierno federal. (11) Exhorté a reenfocar la campaña de la auditoría ciudadana de la deuda dentro de los parámetros discutidos en el presente escrito, pero la adicción a la auditoría como fetiche ha sido muy grande y continuó en ascenso. Luego de los dos simposios ya se identificaban con nitidez tres teorías centrales sobre la deuda pública territorial: la neoliberal, la reformista y la anticolonial. (12) Las ponencias de ambos simposios constan grabadas y se pueden acceder por internet. 

II. Resumen de la historia de la economía política y jurídica de la deuda odiosa colonial

En 1898 la nación de Puerto Rico no tenía deuda pública. Los geólogos Watson (13) y Hill (14) inventariaron los activos y recursos de nuestra patria y nación. Había graves desigualdades fruto del pasado colonial español, pero ocurría un crecimiento del producto nacional bruto. Había comercio internacional y exportación importante de producción nacional. Los EE UU llegaron como una plaga, luego del huracán nos siguieron destruyendo, devaluaron la moneda, se quedaron con las tierras, endeudaron a los agricultores, los monopolios azucareros concentraron la propiedad de la tierra, los bancos ejecutaron las tierras de los hacendados y campesinos endeudados. Tuvieron la desfachatez de desmentir sus científicos para regar la falsedad que previo a la invasión Puerto Rico no era una nación, sino una porqueriza, un reguerete de pobres, miserables que vinieron a salvar. Como siempre los adalides exportan su “democracia” demoliendo pueblos. 

El endeudamiento lo promovieron los invasores a través de un tope del 7% en la ley federal Foraker del 1900 para construir fortines y carreteras a costa de los puertorriqueños. Luego los federales aumentaron el tope a un 10% y añadieron los bonos triplemente exentos en la ley federal Jones de 1917. Posteriormente enmendaron la ley federal orgánica Jones en el 1938 y extendieron el endeudamiento a ciertas corporaciones públicas que tuvieran ingresos propios (origen de las deudas de las corporaciones públicas y Cofina). Luego excluyeron a Puerto Rico del Investment Company Act de 1940 y regulación de valores para aumentar la ilimitada maniobra, sin regular, del capital financiero y sus intermediarios. Así mismo el gobierno federal autorizó el aumento del 15% del margen prestatario del ELA por ley federal en 1962. (15) Así mismo eliminó misteriosamente las corporaciones públicas y municipios (mitad de la deuda pública asegurada de hoy) de la Sección 9 de la ley de quiebras federal en 1984, que opino fue para dar garantía de repago al capital financiero.

Mediante las cláusulas de comercio y territorial e invasión y privilegios al capital foráneo la potencia colonial ha liquidado la producción nativa, lechera, cervecera, comercio, producción agrícola entre otros, ahora impone una prohibición y su moralidad al entretenimiento centenario arraigado en nuestra cultura de las peleas de gallos, y continuará afectando cuánta industria le de la gana. Ha privilegiado y protegido su capital con exenciones mientras se exterminan las fuerzas productivas y activos de nuestra nación. El capital foráneo domiciliado en EE UU que hace negocios en Puerto Rico, según datos de la Junta de Planificación del 2014 expatría ganancias cercanas a los $36 billones anuales por las que no paga tributos en el origen, mientras en fraude a nuestros activos paga cerca de $12 billones anuales en tributos al Tesoro Federal. (16) Se roban nuestros recaudos y ahorros mientras subsidian al gobierno federal y a otros estados. Se llevan más de lo que traen. El activo principal, el humano, con primacía juvenil, luego de ser preparado a altos costos locales, se lo llevan para carne de cañón en las guerras y mediante el éxodo para trabajos, muchos de ellos precario y barato, en sus entrañas. Los estados financieros de una nación soberana son sus activos (riquezas) y pasivos (deudas públicas). Mediante el coloniaje a la nación nuestra le han destruido, robado, menoscabado sus activos hasta dejarla en la ruina, mientras de vez en cuando se inventan una política industrial que luego exterminan (industria azucarera, Manos a la Obra, compañías 936) para sumirla en la gran crisis y pobreza de hoy. El gobierno federal causó el endeudamiento impagable que culmina con la imposición del engendro ineficaz de Promesa en junio del 2016 mediante el cual se gobierna en sindicatura la colonia en quiebra. 

III. Historia reciente de la deuda pública

Además de la explotación del enclave colonial que surge de esa historia de la economía política y jurídica de la deuda pública, valga resaltar que la deuda odiosa subió muy poco desde la década de 1970 hasta el 2000. A diciembre del 2000 estaba en $24 billones. Era manejable. Como resultado del desmonte del estado benefactor y abandono luego de la terminación de la guerra fría, durante la década de los 1990, se firmaron los tratados de libre comercio que eliminaron el mercado exclusivo que tenia Puerto Rico con EE UU. Además desde 1996 al 2006 el gobierno federal eliminó las compañías 936 sin ofrecer alternativas al territorio. Ello trajo la fuga de $15 mil millones en los bancos que se usaban para inversión, la pérdida de 240,000 empleos de los más remunerados y reducción en la demanda energética. Caraballo Cueto y Lara han descrito esta consecuencia como “desindustrialización”. (17) Ello promovió dinámicas de endeudamiento con emisiones de bonos y la creación de Cofina en el 2006. La explotación y control del enclave colonial causó que la deuda pública creciera desde el 2000 al 2014 $48 billones adicionales para subir al total impagable de $72 billones en el 2014. (18) Paralelo a ello comenzó el gran éxodo de más de 800,000 boricuas desde el 2000, magnificado luego de los huracanes del 2017, ( 19) crecimiento de la tasa de deuda al doble de la tasa del producto nacional bruto, desvalorización de los bonos a nivel chatarra por las llamadas casas acreditadoras, una depresión sostenida por más de una década, aumento de la pobreza a más un 53% de la población, desvalorización de propiedades y las riquezas, el menoscabo de los fondos de pensiones de los empleados públicos para $48 billones de deuda pública adicional no asegurada. La deuda pública impagable se trepó a $120 billones en el 2014. Notemos como de cero deuda pública en 1898, luego de la invasión norteamericana, en 102 años la deuda pública subió a $24 billones y a los 116 años de dominio colonial se trepó a la cifra impagable de $120 billones. La deuda odiosa es de tanta trascendencia estratégica que de una forma de dominación colonial con el ELA, el ELA fue reformado provisional y unilateralmente con un nuevo tipo de sindicatura y dominación colonial con la Junta de Control y la ley Promesa. 

Todo el aparato de administración colonial, sus “alter egos”, horneados por leyes federales, como el ELA y Promesa, son parte de su engranaje. Esos funcionarios y “alter egos” no tienen vida propia. El único soberano que manda en el territorio y controla es el gobierno de EE UU. ¿Como se puede pensar que debe haber responsabilidad compartida o exclusiva de la nación puertorriqueña por una deuda odiosa colonial generada en tal sistema de explotación? La deuda pública de Puerto Rico es injusta, inmoral, odiosa por las condiciones particulares del control y la explotación colonial del enclave colonial. ¿Si el colonialismo ha destruido los activos de la nación por qué se pretende imponer los pasivos públicos a la población colonizada? 

En días recientes, con los acuerdos leoninos de Cofina, que acaba de aprobar la Juez Taylor Swain y cuyo dinámica de repago a altos valores de los bonos hay probabilidad que se pretenderá extrapolar a la deuda de obligaciones generales, vemos como ese sistema colonial de nuevo tipo es un engendro para perpetuar el ELA y empujar un proceso para consolidar el pago prioritario y garantizado a los acreedores. Mientras tanto, persiste el coloniaje, la precarización del trabajo, los jóvenes están abrumados con varios trabajos a tarea parcial, sin tiempo libre, los estudiantes se endeudan a niveles extremos, muchos jóvenes tienen que exiliarse o los reclutan para guerras de agresión. Los menguados recaudos se los comerá el servicio de deuda a costa de privación de servicios esenciales. Ni siquiera hay dinero para autopsias adecuadas para enterrar a tiempo a nuestros muertos, educación, salud, seguridad, alimentación adecuadas. Y como no se propicia desarrollo económico nacional, continuará la destrucción de las fuerzas productivas de nuestra nación, incluyendo el capital humano con el éxodo. Lo que anticipa que habrá disminución de recaudos e incumplimientos con los nuevos acuerdos que el gobierno federal, a través de la ley Promesa imponga con los acreedores en el futuro. Se pretende suplir la disminución de recaudos a muy corto plazo con los millones que se esperan para la reconstrucción ciclónica y los pagos de las aseguradoras, pero son fondos de emergencia que durarán algunos dos años y que se espera aumenten por corto tiempo los trabajos en renglones de servicios. Notamos las noticias recientes en las que el gobierno territorial anuncia 100,000 empleos para la industria de la construcción con los fondos federales asignados para la reconstrucción. Pero la ley Promesa no deroga la ley 600, el ELA ni la doctrina de los casos insulares. Dispone fantasiosamente que al cabo de 4 años de presupuestos balanceados consecutivos y el acceso a los mercados de préstamos, desaparecerá la ley Promesa. Continuará el ELA. Este panorama debe ponernos a pensar: ¿Como adelantó o adelanta el reformismo autonomista o el colonialismo asimilista hacia la solución de estos problemas? En nada. 

Tanto en la estadidad fantasiosa, en el protectorado y en el arreglo colonial el capital foráneo caníbal y el control colonial continuará con y culminará la destrucción de las fuerzas productivas nacionales. Sólo con la conquista de todos los poderes de la soberanía en la independencia nacional y la construcción de un estado soberano democrático, de economía mixta, se sentarán las bases para proteger el trabajo, el capital criollo, la organización de la producción y las tecnologías nacionales, así como el repudio de la deuda odiosa para que la asuma en reparación de agravios la potencia colonial. (20) Pero ya verán a los políticos profesionales del bipartidismo, ahora que se acercan las elecciones, a continuar con ideologías de la falsedad (21) neoliberales y reformistas sobre la deuda, seguir con la tradición de la dependencia y peculado de fondos federales de reconstrucción, a cautivar, a enamorar, porque son expertos en las artes de la persuasión, a ofrecer villas y castillos, promesas, trabajos, señuelos e igualas a variados sectores para atraparlos, cooptarlos en sus telarañas. Y hay algunos que les gustan las telarañas, que se dejan dormir y cooptar con cuentos de hadas, con mundos coloniales color de rosa. Hay que insistir que no vale nada pertenecer a unas generaciones cooptadas por el colonialismo. 

IV. Medios éticos de lucha 

Los medios de lucha no tienen vida propia. Su corrección o moralidad para el independentismo y fuerzas contestatarias solidarias dependen de un juicio histórico concreto, político ético moral en cuanto si adelantan o atrasan nuestros fines de la independencia nacional, igualdad y solidaridad social. (22) Los medios no pueden convertirse en fetiches. Idolatrar los medios, las armas, la participación como vicio o el boicot como alergia en los comicios electorales, o una auditoría, aisladamente, sin calibrar mediante un juicio ético político histórico concreto su impacto en los fines y estrategias es convertir los medios en formalismos que perpetúan el sistema actual. Un diálogo, una conferencia, una auditoría se pueden utilizar para promover el bien o el mal, distintas ideologías y sistemas. Si yo les hablara, y Dios me guarde, a favor del engendro del ELA, entonces eso sería un uso inmoral, una aberración diabólica del medio de esta conferencia. Como intento, dentro de mis limitadas capacidades humanas, esbozar ideas, reflexiones y experimentos para asistir a acabar el coloniaje y adelantar nuestra independencia nacional, pues este es un medio ético, correcto, bueno, para adelantar nuestros fines de elevada moral histórica. Lo importante es el uso moral que le da el humano a los medios para adelantar nuestros fines y estrategias éticas. 

a) Congreso para la Descolonización y Asamblea Nacional de Delegados

Opino que la deuda odiosa impagable es un problema político y se resolverá centralmente en el plano político. En cuanto al medio principal político idóneo y ético de lucha frente a la deuda odiosa he sugerido que sea mediante la asamblea nacional de delegados de isleños y diaspóricos para la descolonización y deuda odiosa convocada desde la sociedad civil mediante un Congreso para la Descolonización. En julio del 2017 publiqué un plan conceptual de ese proceso descolonizador y para la cancelación de la deuda en la Revista 80Grados. (23) Lo discutí y elaboré en el ensayo Todo Nudo Puede desatarse, que fue una ponencia que ofrecí a ciudadanos de Caguas en agosto del 2017. (24) Considero muy importantes ambos ensayos. Están incluidos en mi libro la Deuda Odiosa y la Descolonización de Puerto Rico. 

El experimento del Congreso para la descolonización y la asamblea de delegados convocados desde la sociedad civil se congeló luego de mi ponencia en Caguas el 10 de agosto del 2017. No se siguió el plan entonces contemplado de extender la gira a otros municipios. Esa congelación me brindó el espacio para publicar el libro La Deuda Odiosa y la Descolonización de Puerto Rico (enero 2018), que lo produje y terminé en noviembre, en tiempo de tormentas. Y una vez publicado, se hizo la presentación del libro a fines de enero 2018, a casa llena en el mismo teatro de los simposios. Comencé una gira durante los primeros tres meses del 2018 según me invitaban de manera espontánea ciudadanos, grupos, librerías, emisoras y medios. Esa gira me permitió difundir en sectores de nuestro pueblo el carácter odioso colonial de la deuda pública y los medios de lucha que he considerado éticos e idóneos para enfrentarla y adelantar un proceso de descolonización y los fines de la independencia y solidaridad social. Al culminar la gira y continuar congelado el proceso de descolonización propuesto, me moví y concentré esfuerzos en la ruta secundaria de litigación en las cortes que comentaré más adelante. 

A fines de abril del 2018 entregué un escrito al movimiento obrero titulado 10 Mandamientos de lucha y organización popular donde abundo en las dos rutas del Congreso del pueblo, proceso idóneo de descolonización y asunción federal de la deuda y el uso de las cortes, mientras resumía un programa para las grandes reformas necesarias y reivindicativas para la movilización, organización y cimiento para el desarrollo de un experimento de una tercera fuerza contestataria capaz de cumplir estas grandes reformas y un proceso estratégico de descolonización. Fue publicado el 17 de abril 2018. (25) Continúe publicando ensayos en la prensa y redes sociales sobre distintos aspectos de la deuda a los que refiero. 

A fines del 2018 la Mesa de Diálogo Martin Luther King, Jr., que reúne sectores religiosos de prestigio, publicó un manifiesto titulado LLAMADO PROFÉTICO A PUERTO RICO EN SU HORA DE GRAVE ADVERSIDAD. (26) En su manifiesto sugieren se acoja el proceso del Congreso para la descolonización y la asamblea nacional de delegados para enfrentar la deuda odiosa y el estatus que he propuesto en mi libro y ensayos. Tal vez esa iniciativa podría contribuir a variados desarrollos importantes. El experimento del Congreso para la descolonización, conlleva recursos colectivos considerables y procesos complejos frente a la situación de reflujo señalada. Sigue detenido como semilla que espera luz y lluvia para germinar.

b) Utilización de las Cortes

Relacionado con los medios de lucha éticos idóneos para enfrentar la deuda odiosa, he sugerido litigios en las cortes federales como vía secundaria de caja de resonancia y diapasón educativo, con teorías de responsabilidad federal sobre la deuda odiosa bajo el derecho anglosajón y el derecho imperativo internacional. Desde el primer simposio he advertido que las cortes federales son foros parcializados a los acreedores y a la potencia colonial, que no debemos cultivar ilusiones, y que deben ser utilizadas como vía secundaria para respaldar las rutas primarias de la educación, organización política y lucha popular. 

El 16 de abril del 2018 publiqué en El Nuevo Día la columna Pleitos de clase contra el gobierno federal. (27)En ese escrito y en otros posteriores informé al público mis hallazgos sobre la inconstitucionalidad de la Sección 210 de la ley Promesa. 

En abril del 2018 preparé un extenso proyecto de Demanda, en español y lo discutí en varias sesiones durante 3 meses con prominentes abogados y profesores de derecho. Al no cuajar un litigio fruto de esas reuniones, acudí en junio del 2018 a un grupo de abogados que en abril del 2018 habían radicado una demanda en el caso Pinto Lugo y otros ante la Juez Taylor Swain que concentraba en exigir auditoría de la deuda, impugnar dos de los integrantes de la Junta de Control por conflicto de intereses e intentar derogar la doctrina de territorio no incorporado establecida en los casos insulares. Tenía y mantengo mis fuertes discrepancias con esos enfoques del tradeunionismo norteamericano y criollo y del reformismo. Porque no creo en el uso del medio de la auditora con limitado enfoque reformista, ni tampoco creo que derogar la doctrina del territorio no incorporado deba ser prioridad del independentismo, ya que no singulariza el caso de Puerto Rico, pues se parte de la validez del Tratado de Paris, (28) y en la remotísima posibilidad de que se derogue por la Corte Suprema Federal la doctrina del territorio no incorporado mediante la cual se administran por el Congreso federal todos los territorios (Guam,Guantánamo, Islas Vírgenes, Puerto Rico, Marianas, bases militares ), queda como alternativa dentro del constitucionalismo norteamericano el territorio incorporado, antesala de la estadidad. En resumen, es una ruta que alegra a los estadistas como el Juez Juan B. Torruella, pero no adelanta la lucha de independencia nacional. En su demanda original estos colegas habían incluido una escueta causa de acción E basado en mi previa reciente columna periodística y cuestionamiento público de la Sección 210 de la ley Promesa y citaban mi libro. Por lo que decidí reunirme con ellos en espíritu convergente, para desarrollar un genotipo, un embrión, un hijito, una semilla anticolonial en huerto ajeno disponible, y compartí con ellos mis escritos, sin tener relación alguna de abogado cliente ni percibir pago alguno. En esos escritos-tanto en el proyecto de Demanda como en la moción y alegato en idioma inglés que preparé y compartí con gentileza con ellos-, reconstruí la historia de las relaciones coloniales y jurídicas del territorio con EE UU, la historia de la economía política de la deuda odiosa y nueve causas de acción para impugnar la Sección 210 de la ley Promesa mediante recurso de sentencia declaratoria e interdicto. Véase mi ensayo: Demanda para el pago de la deuda por el Gobierno Federal, Revista 80 Grados, 3 de noviembre del 2018. (29) Abrigo la esperanza que los clientes y abogados en ese caso en curso, así como nuevos litigios que es imperioso sean radicados, se le imprima el carácter central que ameritan. las teorías anticoloniales que compartí. También compartí esos escritos con el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico y una Comisión Especial a cargo de considerar un recurso de amigo de la corte. En noviembre del 2018 tuve una reunión y discusión con esta comisión de tres miembros y el Presidente del Colegio Edgardo Román Espada. Estos cuatro colegas quedaron en convocar a reunión de nuevo para informar su determinación. Transcurridos casi 4 meses, al día de hoy, estoy a la espera de esa segunda reunión y seguimiento. ¿Qué le ha pasado al Colegio? Sugiero se le escriban mensajes por las redes y cartas al Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico para que continúe su tradición de apoyar los proyectos trascendentes que defienden los fueros nacionales. No es asunto jurídico de poca monta lo que tienen ante su consideración. Si rectificaron su postura errónea inicial de maltrato de animales para coincidir en el asunto de la prohibición de los gallos de pelea con el informe reciente de su Comisión de Agricultura luego de celebrar vistas públicas: ¿por qué tanta lentitud y no acaban de tomar partido para denunciar el carácter odioso colonial de la deuda pública para unirse al reclamo para impugnar la Sección 210 de la ley Promesa? 

En resumen, he planteado que el eslabón más débil de la Ley Promesa es su Sección 210 mediante la cual el gobierno federal se ha conferido una autoinmunidad retroactiva para no responder por la deuda pública, que conforme a decisiones de la Corte Suprema Federal se presume altamente inconstitucional, y si se menoscaban derechos fundamentales de ciudadanos como ha acontecido, la inmunidad retroactiva es plenamente inconstitucional. He sugerido unas causas de acción bajo derechos fundamentales, entre ellas al amparo del debido proceso de ley sustantivo que protege la libertad en sus amplias acepciones, la 1ra Enmienda Federal con su derecho de petición para reparar agravios fuerte y vigoroso para ciudadanos norteamericanos de segunda clase que no tienen derecho al sufragio como los esclavos, analfabetos y siervos previo a la instauración del sufragio universal en los siglos 19 y 20; todo lo cual requiere se examine la constitucionalidad de dicha disposición bajo un escrutinio estricto. (30) Así mismo considero que la doctrina de deuda odiosa fue incorporada al derecho anglosajón durante las negociaciones de la deuda colonial cubana impuesta a la metrópolis española en el 1898 y forma parte del derecho norteamericano vía el Tratado de París y por tanto doctrina que es ley suprema federal vigente que no ha sido derogada por la ley Promesa. (31) Estas teorías y enfoque de litigación que he sugerido, declara de umbral una posición anticolonial, ya que señala al gobierno federal como responsable de la deuda odiosa que quiere evadir. Son en ese sentido teorías de litigación que fluyen con campañas educativas y con la posición ético política anticolonial del patriotismo.

Tienen estas teorías a su vez la virtud de litigar la constitucionalidad de la inmunidad retroactiva frente a derechos fundamentales que aplican bajo los casos insulares. En los dos incidentes que se dilucidaron en verano del 2018 ante la Juez Taylor Swain y la Corte Federal de Reclamaciones promovidos por el fondo acreedor Aurelius no han sido desestimados los argumentos basados en derechos fundamentales, mientras no han tenido grandes consecuencias argumentos estructurales como la confirmación por el Senado federal de los integrantes de la Junta de Control. Para una discusión detallada remito a mi ensayo: Dos decisiones sobre la deuda pública: argumentos estructurales vs derechos fundamentales publicado el 17 de Julio 2018. (32) Salvo que como antes indiqué, la Corte de Circuito de Apelaciones, dictó hace unos días, siendo ponente el distinguido Juez Juan B. Torruella, una opinión y sentencia que, luego de elucubraciones, estiramientos y malabarismos, deja incólume las decisiones de la Junta de Control y los procesos de Título III tomadas por lo que consideraron “oficiales de facto”, mientras envía para confirmación a los 7 integrantes de la Junta ante el Senado Federal en el término de 90 días y paraliza los efectos de su decisión durante ese periodo. De hacerse tal confirmación por el Senado federal ese litigio vendría académico. Queda por ver lo que decidirá la Corte Suprema Federal si alguna de las partes optara por apelar esta decisión. Veremos a ver si hay ánimo de apelar por alguna de las partes o si prefieren dejar el asunto ahí para seguir hilvanando argumentos y cultivando quimeras con una opinión de una corte intermedia de Circuito de Apelaciones. Para algunos continuar alegando teorías reformistas que dentro de la cláusula territorial los poderes plenarios del Congreso están limitados no solo por los derechos fundamentales sino por otras garantías estructurales que aplican a los 50 estados. Debe haber una carrera febril en estos días en los sectores colonialistas autonomistas y anexionistas para elaborar enjundiosas disquisiciones, de los estadistas sobre “incorporación de facto”, que toda la Constitución y la bandera sigue a los territorios para igualar a todos los ciudadanos norteamericanos, y desde los inmovilistas para revivir la muerte del ELA y que existen vericuetos en la Constitución Federal que protegerá el engendro muñocista y el pretendido pacto bilateral de poderes delegados. Como anticipan algunos de sus líderes en declaraciones recientes, no duden que en la próxima asamblea del PPD, además de hacerle una estatua al golpista venezolano Guaidó, esta decisión la ondeen como bandera. 

V. Acontecimientos recientes 

A fines de noviembre y principios de diciembre del 2018 vino a Puerto Rico el distinguido intelectual belga Eric Toussaint, Director del Centro para la Anulación de las Deudas del Tercer Mundo, invitado por el Frente Ciudadano para la Auditoría Integral de la Deuda Pública. Organizaron diversos eventos con el distinguido visitante. No tuve injerencia en su invitación y por planes previos de vacaciones estuve ausente durante su presencia en Puerto Rico. No obstante, el 1 de diciembre del 2018 le escribí una carta por correo, bastante detallada a Eric Toussaint, sobre el carácter odioso colonial de la deuda territorial, la cual publiqué y que produjo un importante intercambio epistolar entre ambos que conservo. (33) Además, previo a mi viaje, el 25 de noviembre 2018, publiqué unos comentarios y una pregunta para que Toussaint contestara si la deuda pública de Puerto Rico era odiosa colonial. (34) Durante mi ausencia un radioescucha espontáneamente le leyó mi pregunta y por buena fortuna del azar Toussaint contestó desde un programa de Radio Isla en la afirmativa que sí era una deuda odiosa colonial. Esa corroboración generó una discusión en diversos sectores que abordé en un ensayo que publiqué fechado 19 de diciembre 2018, titulado: Rectificaciones sobre la deuda pública odiosa colonial: un avance necesario e importante. (35)

Creo que debemos compartir experiencias comparadas, traer invitados del exterior, sin sucumbir al colonialismo ideológico, con orgullo de no ser rabizas de otros lares. Desde el 2015, en mi ponencia del primer simposio había sugerido se invitara a Eric Toussaint, por lo que su llegada me produjo gran satisfacción. (36) Su reconocimiento de que la deuda pública territorial es odiosa colonial fue de trascendencia y debe haber tenido impacto en la conciencia de independentistas y de personas con otras creencias que han laborado o simpatizado con el Frente sobre la Auditoría Ciudadana Integral de la Deuda Pública. En la carta que me escribió Toussaint fue muy humilde y respetuoso al decir que no venía en actitud de señalar lo que corresponde hacer a los puertorriqueños en su lucha anticolonial. 

El 20 de enero 2019 escribí unas reflexiones bajo el título: La deuda odiosa en la situación colonial de Puerto Rico. (37) Abordé los siguientes asuntos: 1) criterios al día para determinar el carácter odioso colonial de una deuda y cómo el criterio establecido por Alexander Spack en 1927 para determinar una deuda odiosa colonial en cuanto a que la deuda pública no beneficie a la población es uno superficial e incompleto ya que obras de infraestructura y servicios pueden haber sido para intensificar la explotación colonial, asunto que Toussaint también ha abordado en ensayo y con lo cual coincidimos ; 2) que el carácter de la deuda odiosa debe recoger la historia de la deuda, la explotación y control colonial por el único soberano imperial de forma interdisciplinaria, de manera que quede establecida la inmoralidad e injusticia de imponer su pago a la nación colonizada; 3) una apreciación crítica del medio de la auditoría ciudadana de la deuda, que ha concentrado únicamente en la teoría reformista y sugerí unas tesis para tender un ramo de olivo y generar un consenso de lucha contra la deuda, para reorientar enfoques de manera que no se continúe causando graves confusiones en el pueblo, no atrase y por el contrario adelante los fines de la autodeterminación, independencia nacional, igualdad y justicia social e (4) insistí en los medios éticos idóneos para enfrentar la deuda odiosa.

Para la Parte 2 haga clic en el siguiente enlace: 

Reflexiones sobre la deuda odiosa colonial | Parte 2

Escrito por

José Nicolás Medina Fuentes - Revista Rebelión

José Nicolás Medina Fuentes es un destacado abogado boricua, que ha sido servidor público, profesor de derecho y escritor sobre temas variados. Ha dictado conferencias e investigado extensamente en diversas áreas.


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